

Ministerio de Justicia establece recomendaciones para evitar daños a la privacidad. El Minsa es la única institución de reportar casos.
Difundir información sobre el estado de salud de pacientes con COVID-19, identificándolas sin su consentimiento, es una infracción a la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, que se sanciona con una multa que va desde los 21,500 soles hasta los 215,000. Así lo advierte la Autoridad del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH).
Enfatizó que la única entidad autorizada a brindar información sobre los datos de los pacientes confirmados como positivos es el Ministerio de Salud.
En este sentido, recalcó que el COVID-19 no solo se presenta como un problema de salud pública, sino que su incidencia va más allá, pues también se puede manifestar como un daño moral y psicológico al divulgar información personal del paciente, como nombre, dirección, fotografía, historial clínico, a través de cualquier medio de comunicación.
Por ello, la Autoridad recomendó proteger la identidad del paciente, restringiendo toda información personal. Subrayó que los establecimientos de salud deben aplicar todas las medidas de seguridad para el cumplimiento de la ley.
Sobre los casos de COVID-19 en el municipio
“Desde el primer día de la Emergencia Sanitaria, el personal de primera línea de esta municipalidad, funcionarios y trabajadores de Limpieza Pública, Seguridad Ciudadana y Fiscalización, junto con mi persona, hemos venido dirigiendo cada una de las directivas dadas por el Gobierno Central, como nos corresponde ejecutar en nuestra condición de Gobierno Local.
En esa ardua y sacrificada tarea, hay personal de nuestra comuna que se ha contagiado del COVID-19, como viene ocurriendo a diario en nuestro país.
Responsabilizar al alcalde por esta situación de alto riesgo a causa de una pandemia mundial, aún incontrolable mientras no se encuentre la cura para ello, no solo es descabellado e irresponsable, sino que dice mucho de la desesperación de algunas personas que no tienen reparos para sacar provecho político, y mediático, en medio de esta tragedia humana”, explicó el alcalde, Carlos Cox.
El alcalde informó también que se viene apoyando a cada uno del personal del municipio, sobre todo a nuestros amigos de limpieza, seguridad, y fiscalización, dándoles no solo sus implementos de protección, como guantes o mascarillas, sino alimentos a diario: desayunos y almuerzos.
“Asimismo, les informamos que, si esta situación penosa no se ha hecho pública, es porque cumplimos con la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, que establece que difundir información sobre el estado de salud de pacientes con COVID-19, identificándolas sin su consentimiento, es una infracción que se sanciona con una multa que va desde los 21,500 soles hasta los 215 mil soles, como así lo advierte la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”, acotó el alcalde.
El Minsa es la única entidad autorizada a brindar información sobre los casos de COVID-19
Vecinos y periodistas, la única entidad autorizada a brindar información sobre los datos de los pacientes confirmados como positivos es el Ministerio de Salud.
Debemos tener en consideración que la incidencia de este virus también se puede manifestar como un daño moral y psicológico al divulgar información personal del paciente, como nombre, dirección, fotografía, historial clínico, a través de cualquier medio de comunicación.
Los vecinos que necesiten mayor información sobre cómo proteger sus datos personales, pueden canalizar sus interrogantes al correo electrónico [email protected] y a la línea gratuita de consultas telefónicas: 2048020, anexo 1030.